Desde la Sección Sindical Estatal de CCOO, os informamos de la siguiente noticia:
NUEVOS PERMISOS Y DERECHOS EN CONCILIACIÓN
Ayer, 29/06/2023, se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, en el que, entre otras cosas, se realiza la transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores.
Estos son los nuevos permisos y derechos que se reconocen:
PERMISO RETRIBUIDO de cuidado de 5 días que se podrá utilizar en caso de accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo, incluye familiar de hasta 2º grado o conviviente.
PERMISO RETRIBUIDO “por causa de fuerza mayor” que se distribuirá por horas y podrá alcanzar hasta 4 días al año. Se trata de un permiso que busca permitir atender situaciones familiares urgentes.
PERMISO “PARENTAL” (NO RETRIBUIDO) de 8 semanas hasta que el menor cumpla 8 años, que podrá utilizarse a tiempo completo o parcial y de forma continua o discontinua.
PERMISO RETRIBUIDO: También se reconoce el permiso retribuido regulado en el art. 37.3a del ET de 15 días de permiso por registro a las parejas de hecho.
DERECHO A REDUCCIÓN DE JORNADA: Se amplía para quienes precisen encargarse de cuidado directo de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad, además de para el cuidado de hijos o hijas o personas a cargo con discapacidad menores de 26 años y que tengan cáncer u otra enfermedad grave.
DERECHO A ADAPTACIÓN DE JORNADA: Se amplía a trabajadores y trabajadoras con personas dependientes a cargo (hijos e hijas mayores de 12 años, cónyuge, pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta 2º grado y personas convivientes cuando no puedan valerse por sí mismas). En caso de negativa, la empresa deberá justificarla.
Os seguiremos informando.
Sección Sindical Estatal de CC.OO. en Connectis ICT