FAQ / Derecho a Prestación por Desempleo

El derecho a pedir la prestación nace desde el día siguiente al que empieza la reducción. El plazo para pedir la prestación es de 15 días hábiles (no cuentan domingos ni festivos); si se pasa el plazo, se puede solicitar igualmente la prestación, pero se penaliza en días.

Percibir la prestación es un derecho que se tiene que pedir individualmente y de forma voluntaria. No es obligatorio pedirlo, ni la empresa puede gestionar por el trabajador la prestación. Suele ser habitual que las empresas comuniquen de forma conjunta al Servicio Público de Empleo la relación de trabajadores que se han visto afectados por el ERE y que les informen, a través de los sindicatos, de cómo han de llevar a cabo la petición de las prestaciones, pero es el propio trabajador el que debe hacerlo.

Posted in: Expedientes por regulación temporal de empleo ( ERTE ).