EXENCIÓN DE IRPF EN PRESTACIÓN DE MATERNIDAD – Sección Sindical Estatal CC.OO. Connectis ICT

La Sección Sindical Estatal de CC.OO. en Connectis ICT os quiere informar de la siguiente noticia:

·  EXENCIÓN DE IRFP EN PRESTACIÓN DE MATERNIDAD

Como ya habréis tenido noticia por los medios de comunicación, el Tribunal Supremo ha determinado que las PRESTACIONES DE MATERNIDAD de la Seguridad Social están EXENTAS DE TRIBUTACIÓN.

¿QUÉ SUPONE ESTO?

Que la Seguridad Social DEJARÁ DE PRACTICAR LAS RETENCIONES A CUENTA DEL IRPF de la prestación de maternidad, es decir, la cuantía económica pública que se percibe durante la baja maternal.

¿QUÉ CONSECUENCIAS TIENE SOBRE LAS PRESTACIONES QUE SE ESTÁN PERCIBIENDO AHORA?

La Seguridad Social dejará de practicar la retención de la misma en las próximas nóminas y las efectuadas hasta ahora deberán ser reclamadas a la Agencia Tributaria. En este momento CCOO está a la espera de conocer los cauces de la reclamación, así como las implicaciones que tiene la sentencia en el caso de las Haciendas Forales. Cuando tengamos más detalles al respecto os los facilitaremos.

¿QUÉ CONSECUENCIAS TIENE SOBRE LAS PRESTACIONES QUE SE HAN PERCIBIDO ANTERIORMENTE?

De acuerdo con la legislación actual SE PUEDE RECLAMAR Y SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO EN LAS PRESTACIONES DE MATERNIDAD PERCIBIDAS HASTA UN MÁXIMO DE 4 AÑOS ANTES. Es decir, pueden reclamarse por esta vía las cuantías recibidas en los ejercicios tributarios desde 2014.

¿CÓMO SE RECLAMAN LAS CANTIDADES ATRASADAS?

Mediante un ESCRITO DE SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN a la Agencia Tributaria solicitando la devolución de las cuantías indebidamente retenidas o satisfechas mediante el procedimiento de devolución de ingresos indebidos o instando la rectificación de la autoliquidación en la que se hubiera realizado el ingreso indebido.

¿Y LAS PRESTACIONES DE PATERNIDAD?

Aunque la Sentencia no dice nada sobre estas prestaciones, SE ABRE LA POSIBILIDAD DE RECLAMACIÓN ADMINISTRATIVA Y JUDICIAL PARA OBTENER EL RECONOCIMIENTO DEL DERECHO, ya que son prestaciones de la misma naturaleza y protegen las mismas situaciones.

Sobre este asunto puedes consultar un vídeo preparado por CCOO, pinchando este enlace.

Os seguiremos informando. Un saludo. 

  

Sección Sindical Estatal de CC.OO. de Connectis ICT.