ERTE EN GLOBAL ROSETTA Y CONNECTIS ICT
Los datos que nos ha facilitado la empresa son los siguientes:
- Global Rosetta, 25 personas afectadas:
- 18 del centro de trabajo de Madrid (PROASSA, Universidad Carlos III, Viajes El Corte Inglés, AENA, Leroy Merlin)
- 5 del centro de trabajo de A Coruña (INDITEX)
- 1 del centro de trabajo de Bilbao (LIEBHERR)
- 1 del centro de trabajo de Almería (SANDETEL)
- Connectis ICT, 13 personas afectadas:
- 8 del centro de trabajo de Madrid (AENA, PROASSA)
- 4 del centro de trabajo de Oviedo (ARCELOR, INDITEX)
- 1 del centro de trabajo de Bilbao (ARCELOR)
Como sabéis, la modalidad de ERTE por fuerza mayor no requiere de período de negociación con la Representación de los Trabajadores, sino que es presentada directamente por la empresa ante la Autoridad Laboral para su autorización o denegación, en el plazo máximo de 5 días. A pesar de ello, deben cumplir con la formalidad de informarnos, cosa que han hecho en la reunión de ayer.
Teniendo presente que nuestro margen de actuación en este caso es muy limitado, no hemos dejado de trasmitir nuestra posición a la empresa:
- Vamos a verificar los casos de todas las personas afectadas. En el caso de que entendamos que existen irregularidades respecto a las causas, la efectividad de la suspensión de actividad, las fechas, etc., procederemos a informar de ello a la Autoridad Laboral, competente en la resolución de la solicitud de ERTE. Actuaremos en ello asesorados por nuestros sindicatos.
- No nos parece aceptable que queden afectados por el ERTE de manera retroactiva trabajadoras y trabajadores que a día de hoy ya están recolocados en otros proyectos. Menos aceptable aún nos resulta, teniendo en cuenta los perfiles y salarios bajos de dichas personas, siendo en este caso el ahorro por parte de la empresa excesivamente pequeño en relación al perjuicio que se produce a los afectados.
- Solicitamos que la empresa complemente las cantidades que los afectados perciban del SEPE durante el ERTE, de manera que sus ingresos no se vean tan drásticamente reducidos.
- Igualmente pedimos que se considere la posibilidad de no proceder a la reducción proporcional de vacaciones y pagas extras por el período de afectación del ERTE.
- Mostramos nuestra perplejidad por el hecho de que en el ERTE sólo se hayan incluido perfiles relativamente bajos y no haya ningún responsable de cuenta afectado. En efecto, si la razón del ERTE es la suspensión de actividad de unos determinados clientes, entendemos que los responsables de las cuentas correspondientes habrán visto suspendida o disminuida también su actividad, siendo en tal caso procedente su afectación por el ERTE, cosa que, sin embargo, no sucede.
- En conclusión, constatamos que el ahorro global para la empresa es relativamente pequeño, recayendo sin embargo el peso del mismo sobre unos pocos y, especialmente, sobre algunos de los más desfavorecidos. Como bien ha dicho uno de los compañeros de la RLT, se está repartiendo la miseria de manera desigual e injusta, lo que obviamente va a sentar muy mal, con razón, a la plantilla.
En coordinación con nuestro respectivos sindicatos y asegurando la unidad de acción de la RLT, nos comprometemos a hacer todo lo que esté en nuestras manos para defender los intereses de las trabajadoras y trabajadores del Connectis ICT, poniendo especial atención en las personas que se han visto afectadas por la decisión de la empresa
Como siempre, seguiremos actuando y seguiremos informando.
Representación de los Trabajadores de Connectis ICT:
CCOO (Madrid, Bilbao, Oviedo, Valladolid, Barcelona)
USO (Madrid, Valladolid)
UGT (Valladolid)